Seguro de Responsabilidad Civil para la Construcción2025-03-20T11:50:58+00:00

Seguridad – Asistencia – Cobertura

Contrata con Asesores Seguros el seguro de Responsabilidad Civil para la construcción de AXA

Preocúpate solo por tu negocio. Esta póliza flexible te ofrece varias opciones que puedes seleccionar según tus necesidades.

Asesoramiento

Servicio telefónico de asesoramiento fiscal  y legal.

Servicio

Equipo de abogados a tu disposición para defender tus intereses.

Atención

En caso de siniestro, nuestros profesionales contactaran contigo en menos de 24 h.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

El seguro que se adapta a tu actividad comercial y te permite contratar sólo las coberturas que necesitas, como propietario, explotador del negocio o inquilino.

Seguro de Responsabilidad Civil Construcción

  • Responsabilidad Civil Explotación.

  • Responsabilidad Civil Subsidiaria subcontratistas.

  • Responsabilidad Civil por Carga y Descarga.

  • Responsabilidad Civil por derribo y/o demolición.

  • Responsabilidad Civil Productos y/o Post Trabajos.

  • Liberación de gastos

  • Defensa y fianzas penales.

  • Protección jurídica ampliada.

  • Asesoramiento jurídico y fiscal telefónico.

  • Defensa y fianzas penales

  • Cualquier acto u omisión dolosa debido a la mala fe dela segurado.

  • Los daños provocados por guerra, huelga, terrorismo,…

  • RC Profesional y Responsabilidad Contractual.

  • Daños objeto de cobertura por seguro obligatorio.

  • Paralización de cualquier tráfico (aéreo, marítimo,…)

  • Daño material o personal, incluidos los retrasos, demoras o incumplimiento de plazos (salvo si se contrata).

  • Reclamaciones por robo, hurto o desaparición.

  • Multas y/o sanciones.

  • Para Responsabilidad Civil Explotación:
    – Responsabilidad Civil Locativa.
    – Responsabilidad Civil Inmobiliaria.
    – Responsabilidad Civil por Técnicos en plantilla.
    – Responsabilidad Civil instalación.
  • Telecomunicaciones.
    – Responsabilidad Civil daños a buques.
    – Responsabilidad Civil daños al receptor de la energía.
  • Para Productos y/o Post Trabajos.
    – Gastos de retirada.
    – Gastos de desmontaje y montaje.
  • Perjuicios Patrimoniales Primarios.
  • Responsabilidad civil por vulneración de datos de carácter personal.
  • Responsabilidad Civil por infidelidad de empleados .
  • Responsabilidad Civil Directivos.

Contáctanos

Coberturas otorgadas por AXA Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros.

Preguntas frecuentes

¿Dónde estoy cubierto?2024-06-04T09:03:30+00:00

El seguro es válido en toda la Unión Europea.
Las reclamaciones deberán ser presentadas y reconocidas ante Tribunales Españoles.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?2024-06-04T09:01:56+00:00

La entrada en vigor del contrato comenzará y finalizará, salvo prórroga, en la fecha indicada en las condiciones particulares, siempre y cuando haya sido abonado el primer recibo.

Las garantías contratadas cubren los daños ocurridos durante la vigencia del contrato y reclamados durante ese mismo período o en el plazo máximo de 24 meses desde la terminación del seguro.

¿Cómo efectuo el pago?2024-06-04T09:05:36+00:00

El asegurado está obligado a abonar el precio del seguro en el momento de la contratación, salvo pacto contrario en las Condiciones Particulares.

Los pagos anuales sucesivos deberán hacerse efectivos en los vencimientos correspondientes. Podrán pactarse fraccionamientos o pagar mediante domiciliación bancaria, transferencia o con tarjeta.

¿Cuáles son mis obligaciones?2024-06-04T09:04:17+00:00
  • Devolver el contrato firmado y abonar el precio pactado.
  • Para la aceptación del riesgo y la emisión del contrato de seguro está obligado a declarar con exactitud la información solicitada para evaluar el riesgo.
  • Durante la vigencia del contrato de seguro nos debe informar por escrito de cualquier modificación de la información que le hemos solicitado al contratar el seguro, así como la existencia de otros seguros que garanticen alguna de las prestaciones del contrato.
  • En caso de incidente: Debe comunicárnoslo a la mayor brevedad, dentro del plazo máximo de siete días, facilitando toda clase de información sobre las circunstancias y consecuencias.
  • Emplear todos los medios a su alcance para aminorar los resultados del incidente.
¿Puedo rescindir el contrato?2024-06-04T09:48:12+00:00

Si, por supuesto. El contratante puede oponerse a la prórroga del contrato notificando por escrito a la aseguradora con un preaviso mínimo de un mes antes de la fecha de finalización del período en curso.

Ir a Arriba