• Los vehículos procedentes del mismo grupo empresarial no tendrán consideración de terceros entre si.
  • Límites de capital asegurado en las garantías de lunas en segunda categoría, hasta : 600€, 900€ o 1.200€.
  • Límite de indemnización, en caso de accidente, para las garantías de muerte, invalidez y  gastos de curación hasta: 3.000€, 6.000€, 12.000€, 18.000€ y 30.000€.
  • Diferentes cantidades a cargo del asegurado aplicables en la garantía de daños propios, tales como:
  1. En turismos, derivados y furgones: 600€, 900€.
  2. En camiones, cabezas tractoras y remolques: 1.800€, 3.000€ y6.000€.
  • Límites de capital en la garantía de asistencia en viaje en función de la modalidad seleccionada en el contrato:
  1. Básica: Asistencia in situ hasta un límite de 250€, remolcaje y rescate hasta 750€.
  2. Media: Se aplicará cobertura a partir de los 50 km. Límite de asistencia in situ 610€, remolcaje y rescate hasta 1.530€.
  3. Completa: Asistencia in situ hasta un límite de 610€, remolcaje y rescate hasta 1.530€